Es un seguro diseñado para respaldar créditos nuevos o existentes en entidades del sector financiero. La póliza se expide por periodos de un (1) año renovables automáticamente por periodos iguales hasta la amortización del crédito.
Aseguramos así contra los riesgos de muerte por cualquier causa e incapacidad total y permanente a personas que deseen o posean créditos, donde el primer beneficiario de dicha póliza sea la entidad financiera y el asegurado podrá nombrar a sus propios beneficiarios.
CONSIDERACION IMPORTANTE:
Suma asegurada en caso de existir beneficiarios a título oneroso: La suma asegurada para ese beneficiario es el saldo insoluto de la deuda, entendiéndose como tal el capital no pagado más los intereses corrientes calculados hasta la fecha de fallecimiento del asegurado. En el evento de mora en las obligaciones se comprenderán, además, los intereses moratorios y las primas de este seguro no canceladas por el deudor.
El asegurado deberá diligenciar y suministrar solamente los siguientes requisitos y documentos:
- Formulario de Solicitud de Seguro.
- Copia de la carta de aprobación que incluya el valor del crédito.
- Copia de la cedula de ciudadanía.
Al momento de suscribir la solicitud de seguro se debe tener en cuenta con respecto al valor asegurado, las siguientes condiciones.
- El valor asegurado debe ser igual o mayor al del crédito.
- Si se desea reducir el valor asegurado en cada renovación anual de la póliza, al inicio de cada año póliza se debe reportar el monto de la deuda con la entidad financiera.
- El valor asegurado al iniciar cada año se mantiene constante durante los doce meses para la liquidación de la prima respectiva, pero puede disminuirse si se reduce el monto del crédito.
La edad mínima de ingreso a la póliza es de diez y ocho (18) años y la máxima será de setenta (70) años. Para el amparo básico de muerte y para el amparo de incapacidad total y permanente, la edad máxima de permanencia es de setenta y cinco (75) años.